En caso de fallecimiento de uno de los socios de una empresa, sus herederos se convierten de facto en socios de la misma, pero:
No tienen el saber y la experiencia del socio fallecido.
No disponen de las competencias para ejercer como socio.
Pueden verse influenciados por terceros.
Esta intrusión de herederos del fallecido, en el capital social de la empresa, puede ser nefasta para la misma por:
Bloqueo de decisiones críticas.
Pérdida de control de la sociedad por los socios remanentes.
Incertidumbre general para toda la empresa.
¿A quién se dirige este seguro?
Este seguro va dirigido a todas aquellas empresas en las que la desaparición imprevista por fallecimiento de alguno de sus socios, por su significación, o por su nivel de participación societaria, puede hacer peligrar la continuidad de la misma.
Objeto del Seguro
El objetivo de este seguro es permitir a la empresa financiar la compra de las participaciones del socio o socios fallecidos, salvaguardando los intereses de la misma y facilitando plena liquidez a los herederos de éstos.
El esquema de suscripción de este seguro es el siguiente:
Tomador del seguro: La sociedad.
Asegurado: Los socios.
Beneficiario: El o los socios supervivientes, proporcionalmente a sus participaciones, o la propia sociedad.
Garantías: Fallecimiento o incapacidad permanente por cualquier causa.
Beneficios de este Seguro
En caso de fallecimiento o incapacidad del socio o de los socios, el pago de la indemnización permitirá disponer de una liquidez para:
Proteger los intereses económicos de los herederos del fallecido.
Evitar un conflicto de socios en un momento delicado.
Mantener la confianza en la sociedad por parte de terceros, como entidades financieras, otros inversores, proveedores…
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