Las pymes son la base de la economía española. En ellas, cada miembro es indispensable y, si uno de ellos muere, la supervivencia del negocio puede peligrar.
Cuando el peso de un negocio recae sobre unas pocas personas, todas ellas son indispensables.

¿Qué ocurre con la empresa si un socio fallece?

SOCIEDADES CIVILES
Por defecto, la sociedad se extingue. Sin embargo, se puede hacer un pacto en el que se establezca que el negocio podrá seguir con los herederos del difunto o solo con los socios que sobreviven.

SOCIEDADES MERCANTILES (limitadas o anónimas)
Los estatutos serán los que marquen el futuro de la compañía. Si no hay herederos, los demás pueden elegir sustituirlo por otra persona o si, en los estatutos se contempla, los socios que siguen vivos podrán adquirir la parte de la compañía del fallecido. Si hubiera herederos, ese socio que ha fallecido, ha podido dejar a estos su parte. Frente a esto, los dueños que aún viven se enfrentan a dos posibles situaciones:

— Que los herederos no tengan experiencia ni conozcan el sector.
— Que no quieran entrar en el negocio.

Hay una fórmula que permite que los herederos reciben el dinero que vale su parte de la sociedad y los empresarios que sobreviven mantienen todo el control. Esta fórmula es el Seguro de Vida Para Socios. 

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